El pasado 23 de julio de 2026 entró en vigor la obligación de inscripción en el Registro Administrativo Centralizado para los técnicos competentes en Andalucía habilitados para la emisión de certificados de eficiencia energética de edificios (CEE).

 

Esta obligación deriva de lo establecido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 

Novedades del Real Decreto 390/2021
El Real Decreto 390/2021 introdujo diversas novedades en el procedimiento de certificación energética de edificios, entre las que destacan:

- Ampliación de las titulaciones capacitadas para emitir un certificado de eficiencia energética.
- Ampliación del número de inmuebles obligados a disponer de un certificado de eficiencia energética.
- Validez máxima del certificado en función de su calificación energética.
- Obligatoriedad de realizar una visita al inmueble antes de emitir el certificado.
- Publicidad de la etiqueta energética.
- Modificaciones en el régimen de inspección y control.
- Registro de los técnicos competentes antes de la emisión de un certificado de eficiencia energética.


Registro Administrativo Centralizado

En Andalucía, el registro de los técnicos competentes para la emisión de certificados de eficiencia energética se realiza a través del Registro Administrativo Centralizado del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

En este registro pueden encontrarse:

- El procedimiento para el registro del técnico competente.
- El listado de profesionales acreditados como técnicos competentes.
- Guías de acceso a la actividad.
- Preguntas frecuentes.
La obligación de inscripción en este registro es efectiva desde el 23 de julio de 2026 para los técnicos competentes en Andalucía habilitados para emitir certificados de eficiencia energética de edificios.