El pasado 4 de abril el Congreso de los Diputados aprobó una Proposición No de Ley para la implantación de un Régimen Sancionador contra la morosidad en los pagos.

El texto finalmente aprobado insta al Gobierno a:


  • Implementar medidas para establecer un régimen sancionador que sirva de instrumento disuasorio para combatir el retraso intencionado de los pagos.

  • Llevar a cabo campañas divulgativas específicas para concienciar a todos los agentes económicos de la necesidad de cumplimiento de los plazos de pago a sus proveedores y acreedores comerciales para un funcionamiento más eficiente de nuestra economía.

  • Exigir en las licitaciones públicas a los grandes contratistas una certificación auditada del cumplimiento de los plazos legales de pago a las empresas que subcontratan.


Tras la última reforma de la Ley de lucha contra la morosidad, en 2014, se estableció un plazo de pago de 30 días contados desde la entrega del bien o la prestación del servicio, incorporando además una norma imperativa que prohíbe que el plazo de pago pactado entre las partes supere los 60 días naturales. Sin embargo, en la práctica, la falta de un régimen sancionador que penalice el incumplimiento de dicha prohibición ha permitido la carencia de efecto real de dicha norma legal, provocando una mayor tensión en las relaciones comerciales.
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