El pleno del Congreso de los Diputados aprobó con una sola abstención el 22 de septiembre de 2020 tramitar la proposición de ley de Junts per Catalunya para fijar un régimen de multas contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La proposición prevé sanciones de entre 6.000 y un millón de euros y prohibe a las partes el pacto de un plazo superior al marcado legalmente.
Esta aprobación es un paso más para dar respuesta a una reivindicación de las asociaciones de pymes y autónomos que llevan diez años reclamando que se impongan sanciones cuando se incumpla el plazo legal de pago de 60 días entre empresas y de 30 días cuando el pagador es la administración pública. La ley entró en vigor en 2010 pero no incluyó un régimen de sanciones.
Según el Barómetro de la Morosidad de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) los plazos reales de pago superan en mucho los que marca la ley. Así, el plazo medio entre empresas es de 85 días y el de las grandes empresas incluidas en el IBEX asciende a los 169 días. La administración también incumple su plazo de 30 días situándose en un plazo medio de pago de 82 días.
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